- Eres hijo único.
- Eres huérfano y estás a cargo de hermanos/as.
- Hijo de padres mayores de 60 años y velas por ellos.
- Hermano/hijo de fallecido o discapacitado en combate.
- Hijo de militares fallecidos.
- Eres religioso o clérigo.
- Eres casado.
- Puedes acreditar legalmente la existencia de unión marital de hecho.
- Persona con discapacidad.
- Población indígena.
- Persona que no se identifica con el género masculino.
- Víctima del conflicto armado.
- Ciudadano del programa de protección a víctimas y testigos de la Fiscalía.
- Ciudadano desmovilizado.
- Padre de familia.
- Objetor de conciencia.
Fuente: Ley 1861 de 2017, artículo 12. Causales de exoneración del servicio militar obligatorio.